Acuerdo de distribuidor
Actualizado: 22 de marzo de 2019
1. Objeto
El presente Acuerdo establece los terminos y condiciones generales que rigen a ambas partes en relacion con la comercializacion de productos y servicios de Elever por parte del Distribuidor.
2. Caracteristicas del sistema de distribucion
2.1. Formas de distribucion
El Distribuidor puede comercializar los productos y servicios de Elever a traves de dos formas:
Forma I — Contratacion directa del cliente: El Distribuidor ofrece los servicios a clientes que deben contratar directamente con Elever utilizando los metodos de identificacion proporcionados. Elever factura directamente a los clientes; los clientes reciben soporte de Elever.
Forma II — Contratacion directa del Distribuidor: El Distribuidor contrata servicios a su propio nombre independientemente del usuario final. No existe relacion comercial directa entre Elever y el cliente del Distribuidor. Elever factura al Distribuidor; el Distribuidor factura a sus clientes. Elever proporciona soporte directamente al Distribuidor.
2.2. Distribucion no exclusiva
Los derechos de distribucion concedidos son no exclusivos.
2.3. Compensacion
El Distribuidor se beneficia de la politica de remuneracion de Elever, detallada en un Anexo proporcionado en el momento de la inscripcion.
2.4. Emision de facturas
El Distribuidor autoriza a Elever a emitir facturas de comisiones en nombre del Distribuidor conforme a la legislacion aplicable. Las copias estan disponibles en el portal de cliente. El Distribuidor consiente la recepcion de facturas por via electronica.
2.5. Devengo de comisiones
Los productos devengan comisiones tres meses despues de la contratacion, siempre que permanezcan activos y pagados.
2.6. Umbral minimo de facturacion
Elever emite facturas cuando las comisiones devengadas alcanzan un minimo de cincuenta euros (50 €). Por debajo de esta cantidad, las comisiones se acumulan en la cuenta del Distribuidor.
2.7. Retencion fiscal
Elever aplica la retencion del IRPF aplicable segun los datos proporcionados, reduciendo los pagos en consecuencia.
2.8. Requisitos previos al pago
El Distribuidor o sus clientes no deben tener obligaciones de pago pendientes con Elever antes del procesamiento del pago.
3. Vigencia, duracion y renovacion
3.1. Vigencia
El Acuerdo entra en vigor con la incorporacion del Distribuidor al programa de distribucion.
3.2. Duracion inicial y renovacion
Plazo inicial: un ano. Renovacion automatica por periodos identicos salvo que cualquiera de las partes proporcione aviso por escrito con 30 dias de antelacion al vencimiento. Cualquiera de las partes puede resolver unilateralmente antes de la finalizacion del periodo inicial con 30 dias de preaviso por escrito.
3.3. Efectos post-resolucion
Tras la conclusion, la relacion de distribucion y las ventajas comerciales asociadas terminan, aunque Elever continua prestando los servicios activos.
4. Obligaciones y responsabilidades de las partes
4.1. Obligaciones generales
Ambas partes deben cumplir con todos los terminos del acuerdo, actuando con lealtad y buena fe.
4.2. Responsabilidad por el uso del servicio
La responsabilidad del uso de productos/servicios pertenece exclusivamente al Distribuidor o al cliente (quien haya contratado). Elever no asume responsabilidad directa ni subsidiaria por danos causados por el Distribuidor o el cliente a terceros.
4.3. Limitaciones de responsabilidad
- La responsabilidad se limita a danos directos y probados resultantes de incumplimiento o conducta negligente
- La responsabilidad total de la parte se limita al precio total del servicio en el que se origino la responsabilidad
- Ninguna parte es responsable por lucro cesante o danos indirectos
- Excepcion: las limitaciones no se aplican a violaciones de proteccion de datos, proteccion del consumidor o propiedad intelectual/industrial
5. Fuerza mayor
Ninguna parte es responsable de los incumplimientos de obligaciones debidos a fuerza mayor conforme a la legislacion aplicable. Si la suspension excede de dos meses, cualquiera de las partes puede cancelar mediante aviso escrito sin generar compensacion ni penalizaciones.
6. Resolucion
Causas de resolucion:
- Mutuo acuerdo
- Vencimiento del periodo inicial o de renovacion
- Resolucion por incumplimiento de cualquiera de las partes
Ambas partes deben cumplir las obligaciones previamente asumidas entre si y con terceros. Elever paga los beneficios pendientes conforme a la politica de remuneracion hasta la resolucion.
7. Propiedad intelectual e industrial
Ambas partes garantizan poseer los derechos necesarios de comercializacion y distribucion sin vulnerar derechos de terceros. Las acciones que excedan el cumplimiento del acuerdo requieren la autorizacion escrita de Elever.
El Distribuidor debe abstenerse de acciones o usos del servicio que desprestigien o representen negativamente a Elever, su imagen o marcas.
8. Confidencialidad
Toda la informacion/documentacion proporcionada por cualquiera de las partes es confidencial y exclusiva de la parte que la proporciona, no comunicable a terceros sin consentimiento.
Las obligaciones de confidencialidad persisten dos anos despues de la resolucion del acuerdo.
9. Proteccion de datos personales
Las partes declaran adoptar las medidas requeridas por la Ley Organica 15/1999 (LOPD) y el Real Decreto 1720/2007 (RDLOPD). La politica de tratamiento de datos personales de Elever esta disponible en la Politica de privacidad.
Las partes que proporcionen datos personales de terceros deben informar a dichos terceros de las finalidades de la comunicacion. La comunicacion de datos requiere los principios de necesidad y proporcionalidad, datos actuales/exactos y consentimiento previo del tercero para el tratamiento (salvo que exista autorizacion legal).
10. Cesion
El Distribuidor no puede ceder derechos/obligaciones a terceros sin el consentimiento escrito de Elever, excepto aquellos estrictamente necesarios para la distribucion del servicio.
11. Modificaciones
Elever puede modificar las condiciones del acuerdo o la politica de remuneracion, notificando al Distribuidor con prontitud. El Distribuidor dispone de siete dias desde la notificacion para manifestar su desacuerdo; el silencio implica aceptacion.
12. Legislacion aplicable y tribunales competentes
La legislacion espanola rige las materias no previstas y la interpretacion/resolucion de conflictos. Los conflictos no resueltos por mutuo acuerdo se someten a arbitraje ante la Corte de Arbitraje de la Camara de Comercio e Industria de A Coruna conforme a la Ley 60/2003. Las partes pueden alternativamente recurrir a los procedimientos judiciales ante los Juzgados y Tribunales de A Coruna.
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